ArtÃculo964 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Ley de Enjuiciamiento Criminal. 1. En los supuestos no contemplados por el artÃculo 962, cuando la PolicÃa Judicial tenga noticia de un hecho que presente los caracteres de algún delito leve, formará de manera inmediata el correspondiente atestado que remitirá sin dilación al Juzgado de
ArtÃculo495 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Ley de Enjuiciamiento Criminal. No se podrá detener por simples faltas, a no ser que el presunto reo no tuviese domicilio conocido ni diese fianza bastante, a juicio de la Autoridad o agente que intente detenerle. art 495 lecrim. Ley de Enjuiciamiento Criminal.
ArtÃculo780. Vigente. Tiempo de lectura: 1 min. Comparativa de Versiones. Relacionados. 1. Si el Juez de Instrucción acordare que debe seguirse el trámite establecido en este capÃtulo, en la misma resolución ordenará que se dé traslado de las diligencias previas, originales o mediante fotocopia, al Ministerio Fiscal y a las acusaciones
Lareforma incorporada por la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modifi cación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de
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